Una vez más nos ponemos en contacto con usted para recordarle lo siguientes:
– El 20 DE ENERO DE 2017 finaliza el plazo de presentación de las siguientes declaraciones:
I.R.P.F. Trabajadores (Mod. 111 trimestral/mensual)
I.R.P.F. Retenciones alquiler (Mod. 115 trimestral/mensual)
I.R.P.F. Retenciones e ingresos a cuenta del I.R.P.F. (Mod. 123 trimestral/mensual)
El plazo para poder domiciliar los mismos finaliza el 15.01.17
– Que el 30 DE ENERO DE 2017 finaliza el plazo de presentación de las siguientes declaraciones:
I.V.A (Mod.303 trimestral/mensual)
I.R.P.F. Retenciones e ingresos a cuenta del I.R.P.F. (Mod. 130-131 trimestral)
I.V.A (Mod.390 anual)
El plazo para poder domiciliar los impuestos finaliza el 25.01.17
– Que el 31 DE ENERO DE 2017 finaliza el plazo de presentación de las siguientes declaraciones:
I.R.P.F. Trabajadores (Mod. 190 anual)
I.R.P.F. Retenciones alquiler (Mod. 180 anual)
I.R.P.F. Retenciones e ingresos a cuenta del I.R.P.F. (Mod. 193 anual)
Rogamos nos faciliten con la mayor brevedad posible, si es que todavía no lo han entregado, la documentación correspondiente al 4º/T de 2.016 (FACTURAS DE PROFESIONALES, DE ALQUILERES, FACTURAS EMITIDAS, RECIBIDAS, BANCOS, CAJA Y GASTOS) para su contabilización y confección de sus impuestos.
Sin otro particular atentamente.